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Tipos de sociedades mercantiles

Contenido del artículo

Particularidades de los tipos de sociedades mercantiles

Sociedades mercantiles son entidades constituidas por personas físicas o jurídicas cuyo capital ponen en común para ejercer una actividad comercial. Se encuentran sometidas a férreo control normativo para garantizar el cumplimiento de sus fines lucrativos en la más estricta legalidad y con seguridad jurídica para sus socios.

 

Dos grandes bloques: sociedades pernalistas y capitalistas

La normativa para los dos tipos de sociedades mercantiles distingue entre personalistas, cuyo protagonista es el socio, en torno al que pivotan los fines societarios, y capitalistas, movidas fundamentalmente por las aportaciones dinerarias. Un dato clave en la delimitación de ambos tipos de sociedades es la transmisibilidad de la condición de socio, ausente en las personalistas, donde responde individualmente de las deudas. Por contra, la responsabilidad del socio capitalista se ve limitada por su capital aportado.

Entre los tipos de sociedades mercantiles personalistas, la sociedad colectiva es igualitaria en cuanto a derechos y obligaciones de los socios, que figurarán en un mínimo de dos, y la comanditaria, una variante de la colectiva, introduce la figura del socio comanditario como estrictamente aportador de capital.

Dentro de los tipos de sociedades capitalistas, la sociedad comanditaria por acciones guarda similitud con su análoga personalista, pero su capital se divide en acciones, debiendo figurar un socio como colectivo. La sociedad de responsabilidad limitada conlleva división del capital en participaciones, y limita la responsabilidad del socio al monto aportado o al que se comprometiera en la escritura. Ve restringido el número de socios a cincuenta, con suelo de capital desembolsado de 3.005,06 euros. La sociedad anónima, integrada por un socio o varios, tiene su capital fraccionado en acciones, exigiéndose para su válida constitución 60.101,21 euros, cuya cuarta parte habrá de ser desembolsada al firmarse la escritura. Dentro de las sociedades limitadas y anónimas, deben mencionarse las variantes unipersonales, pudiendo constituirse por varios socios cuyos títulos quedan bajo titularidad única. Si una sociedad reconvertida en unipersonal no inscribiese en 6 meses su nueva condición en el Registro Mercantil, la responsabilidad patrimonial correspondería al socio único personal e ilimitadamente.

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