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Impuestos por herencia

Contenido del artículo

Los impuestos por herencia son los que se relacionan como impuestos sobre sucesiones es el tributo que se deduce de una renta por incremento del patrimonio tras haberse aceptado una herencia, o, en su caso, una donación. Se trata de un tributo de carácter personal, que es, además, subjetivo, de carácter directo y progresivo.

En España, el impuesto de sucesiones es materia competencial de las comunidades autónomas por haberlas recibido del Estado. Algo que supone algunas diferencias en su aplicación y en el cómputo de los tributos. Así, todo cálculo tiene que tener en cuenta la base imponible aplicable, las reducciones que estipulan los regímenes general y autonómico y la cuota del tributo.

 

Cálcular el impuesto por herencia

La base imponible de los impuestos por herencia es la cantidad neta de todo lo heredado. Las reducciones son las que contemplan las legislaciones estatales y regionales, pero siempre han de darse una serie de requisitos para aplicarlas, que se aplican como coeficiente.

Entre ellas, una relación de parentesco con la persona fallecida, que se tenga alguna discapacidad, que exista un patrimonio disponible antes de recibir la herencia y otras circunstancias que forman una larga casuística.

 

Aceptación herencia

Tras el fallecimiento, los herederos tienen que tomar la decisión de concretar si aceptan o renuncia la herencia. La legislación española acepta dos fórmulas para la aceptación, la manera pura o la denominada de beneficio de inventario.

En la pura, el heredero alcanza un compromiso con el que acepta los bienes heredados y a pagar todas las deudas que hubiera contraído el fallecido. Con su propio patrimonio y sin limitaciones.

Por el contrario, si se elige a beneficio de inventario, el heredero sólo hace frente a las posibles deudas con lo que se herede, en ningún caso con los bienes que son de su propiedad. Se podría considerar este caso como una herencia con responsabilidad limitada.

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