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¿Facturar sin ser autónomo?

Contenido del artículo

Las famosas cuotas a la Seguridad Social se han convertido en uno de los mayores quebradores de cabeza para todos aquellos trabajadores por cuenta propia. Sin embargo, una persona física puede emitir factura sin estar dada de alta como autónomo. En el presente artículo te explicamos en qué condiciones puede hacerlo de forma legal.

¿Cómo facturar sin ser autónomo?

Darse de alta como trabajador autónomo no es tarea fácil, ya no por el aspecto burocrático, sino por la compleja maraña de obligaciones que entraña. En esta dirección, uno de los puntos más desfavorables en el presente 2022 es la subida de la cuota de autónomos entre 5 y 21 euros mensuales en función de la base de cotización, así como los mayores tipos de cotización que deben asumir. Este incremento se une a otros gastos en forma de pagos obligatorios tales como los locales, otros trabajadores, proveedores, suministros, etc.

Claramente, esta nueva regulación supone un revés para quienes necesiten cobrar facturas, pero no todos están obligados a ser reconocidos oficialmente como autónomos para poder hacerlo. Aunque no se recoge como tal que se puedan emitir facturas sin estar registrado en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), la continuidad de las operaciones es una de las condiciones principales para darse de alta como trabajador por cuenta propia dentro del marco establecido por la Seguridad Social. Por ello, algunos casos concretos desmarcados de esa condición (entre otras) pueden estar exentos de hacer frente a dicha legislación.

En cuanto al procedimiento requerido, el primer paso para facturar sin ser autónomo es darse de alta en Hacienda a través de la formal presentación del modelo 036 o 037. Concretamente, en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Con esto, Hacienda es capaz de controlar tus ingresos. Aparte, has de cumplir con las obligaciones fiscales relativas a cualquier autónomo: presentación de cuentas anuales y liquidación del IVA e IRPF.

¿Es legal facturar sin ser autónomo?

La normativa laboral actual no esclarece en profundidad los límites que permiten facturar sin ser autónomo. En cualquier caso, la cotización y la cobertura de una serie de prestaciones como trabajador es fundamental en este sentido. Su activación es esencial de cara al acceso a derechos como la jubilación o varias bonificaciones.

Encuadrarse en la figura de autónomo deviene en varios problemas graves para aquellas personas que deciden realizar una actividad por cuenta propia pero que no perciben una cantidad mínima de ingresos como para cubrir los costes básicos de cotización en el RETA. Eso implica que la actividad no resulte rentable, mucho menos frente a la cuota de autónomos y al pago de los respectivos impuestos. Esto afecta directamente sobre todo el colectivo, debido a la extensión de la economía sumergida y a la volatilidad de los márgenes de actuación en el campo de autónomos.

En tanto que se ajuste a unos requisitos legales indispensables, sí que es legal y del todo lícito facturar sin ser autónomo. No obstante, incluso para esta excepcionalidad es obligatorio estar dado de alta en el régimen de actividades económicas estipulado por Hacienda.

Requisitos que debo cumplir para hacer facturar sin ser autónomo

La ambigüedad respecto a la facturación sin ser autónomo emana de la normativa de regulación del RETA y el Estatuto del Trabajo Autónomo. La habitualidad es el requisito más destacado en este tema, pero se trata de un concepto jurídico indeterminado que da lugar a interpretaciones dispares. Aun así, acompañado de la separación del umbral del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) cristaliza en un indicador más nítido e inequívoco. Por tanto, los requisitos a cumplir para esta coyuntura son:

  • Que la actividad económica no sea habitual ni continuada. Debe darse de forma esporádica, radicando en un ingreso extra y no en un medio de vida, en cuyo caso sería obligatorio cotizar como tal.
  • Que la actividad no genere ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional. Es decir, que no aporte ingresos mayores al salario bruto mensual mínimo establecido en el Real Decreto 152/2022, cifrado en los 1.000 euros brutos mensuales (repartidos en 14 pagas), lo que equivale a 14.000 euros brutos anuales.

En conclusión, esos son los dos parámetros básicos fijados para determinar si es posible facturar sin ser autónomo. Hoy en día, esta legislación vigente sigue siendo un importante objeto de litigios.

¿Puedo facturar sin darme de alta si ya trabajo por cuenta ajena?

Aunque la legislación mantiene cierta confusión respecto a esta cuestión, existen formas posibles de facturar sin darse de alta como autónomo manteniendo, por separado, un trabajo por cuenta ajena.

Regularmente, para poder trabajar por cuenta ajena es importante la emisión de las facturas para empresa sin tener que afiliarse al RETA, ya sea por tratarse del inicio de una nueva actividad económica o por estar realizando una actividad de carácter excepcional. También es común para trabajadores Freelance que prestan servicios específicos para personas jurídicas de manera ocasional.

De modo trimestral hay que liquidar el IVA acumulado, ya sea por la venta de productos tangibles o de servicios. Pero, en efecto, mientras no haya habitualidad en esa actividad, la liquidación puede realizarse sin estar dado de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo, aunque sí es obligatorio estar adscrito a Hacienda. En líneas generales, la normativa se mantiene impertérrita en este contexto, más allá de ser un profesional por cuenta ajena que realiza trabajos puntuales como uno por cuenta propia.

Cuánto se puede facturar sin ser autónomo

La propia naturaleza de una figura empresarial y jurídica tan particular como esta hace que su umbral de facturación esté legalmente muy limitado por la legislación.

En primer lugar, sin estar dado de alta como autónomo es posible facturar una cantidad inferior al Salario Mínimo Interprofesional de 2022, o sea, se pueden emitir facturas siempre y cuando la cantidad ingresada sea menos de 1.000 euros brutos al mes.

Retornando al leitmotiv del concepto, la Seguridad Social puede aprobar esa inyección extra de capital mientras se trate de un complemento económico, en ningún caso si sirve como medio de subsistencia, en cuyo caso sí atentaría frontalmente contra su espíritu. De hecho, si la facturación se sucede a lo largo del tiempo en meses consecutivos y cantidades muy similares, ya podría considerarse como una actividad habitual y recurrente que acarrearía problemas de índole legal. Además, si quien factura estuviera cobrando el paro también perdería esa prestación automáticamente.

La realidad es que a la hora de emitir facturas sin cotizar existen ciertos límites que no han de cruzarse bajo ningún concepto. Las situaciones en las que es imprescindible actuar con diligencia son las siguientes:

  • Si durante el año tienes alguna operación que alcance los 3.000 euros con algún cliente, debes presentar el modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas.
  • A pesar de no estar formalizado como autónomo, tienes que incluir el tipo de IVA correspondiente en función del producto o servicio gravado. Una vez recaudada la cuota de IVA en cuestión, tienes la obligación de ingresar el cobro en concepto de IVA, sirviendo como una especie de intermediario entre el cliente y la Agencia Tributaria.
  • Estando de alta en Hacienda, si, debido a un aumento de ingresos tan notable como para compensar el hecho de cotizar como autónomo, decides darte de alta como tal, no lo podrás hacer inmediatamente. Antes hay que cursar la baja en el censo de actividades económicas y esperar cierto tiempo para volver a cursar el alta en los organismos oficiales (Seguridad Social y Hacienda).
  • A pesar de realizar una facturación independiente del RETA, Hacienda es consciente en todo momento de tu nivel y evolución de ingresos, además de si tu actividad se adecúa a tu situación fiscal. La Agencia Tributaria cuenta con varias herramientas destinadas a verificarlo.

¿Si no cumplo los requisitos para facturar sin ser autónomo pueden sancionarme?

La facturación sin ser autónomo requiere de gran cautela y prudencia en el modo de actuación, ya que profesionalmente es como moverse entre arenas movedizas. Lo cierto es que puede conllevar muchos peligros, sobre todo en forma de multas y sanciones. El hecho de incumplir los requisitos para poder facturar sin pagar la cuota de autónomo reglamentaria y ser descubierto por Hacienda Pública puede ya directamente costar una multa superior a lo que hubiera significado darse de alta.

Para empezar, en casos de incumplimiento o ilicitud en la actividad, la Seguridad Social obliga a acometer el alta inmediata en el RETA a partir de la fecha que considera que debería haberse cursado el registro. Posteriormente, a esa persona se le arrebata el derecho a obtener bonificaciones como la Tarifa Plana, además de tener que realizar un recargo de todas las cuotas atrasadas. Esto puede ser un pago voluntario con un recargo máximo del 20% o un pago exigido por la Seguridad Social de hasta el 35%.

Queda claro que el ejercicio de una actividad económica de manera ilegal conlleva enormes riesgos innecesarios que más vale prevenir mediante una regulación óptima, ya sea como trabajador por cuenta propia o no. Hacienda es implacable en estos casos, y, en todo caso, una gestión fiscal responsable es siempre, de algún modo, beneficiosa para todas las partes.

¿Qué y cómo puedo vender en Internet sin ser autónomo?

El auge ya perpetuado de Internet ha hecho que el comercio electrónico está en alza. Aun así, al ser un mercado relativamente nuevo todavía hay cierto desconocimiento generalizado acerca de sus límites legales. Lanzar tiendas online, crear un blog y prestar servicios de todo tipo son funcionalidades que están a la orden del día, no obstante, a la hora de hacerlo sin estar dado de alta como autónomo se presentan varias disquisiciones.

Tal y como comentábamos con anterioridad, la legislación vigente y el Estatuto del Autónomo es inflexible con el concepto de habitualidad. Si se ejerce una actividad regular y se vende o provee un servicio, es obligatorio estar dado de alta. Incluso en caso de fracaso empresarial, según el cual no se produzcan ventas, el mero hecho de ofertar ese producto o servicio obliga a acogerse a ese tipo de regulación.

A menudo, las personas que emprenden una aventura de este tipo por Internet comienzan su actividad sin estar dadas de alta, puesto que el coste de ser autónomo dista de ser barato y resulta inasumible para muchos hasta que no logran una estabilidad que les permite alcanzar cierto volumen de ingresos. Esta práctica es tan común como arriesgada. Como explicamos en el punto anterior, hay serias probabilidades de ser investigado y recibir una multa que neutralice cualquier superávit producido hasta el momento.

En conclusión, lo más aconsejable es ajustarse al marco legal, que es idéntico para quienes operan vía Internet y para quienes lo hacen de forma física. Es decir, si se respetan las condiciones de habitualidad y mantener unos ingresos por debajo del SMI, no debería haber mayores problemas.

Eso es todo lo que debes saber sobre la legalidad en torno a la facturación sin estar dado de alta como trabajador por cuenta propia. Se trata de un terreno marcado por tonos grises, matices y legislaciones limítrofes. Sin embargo, la opción más sabia siempre va a ser informarse en profundidad y actuar en consonancia, sea como autónomo o no.

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