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¿Cómo saber si estoy en ASNEF? y ¿Cómo salir del ASNEF?

Contenido del artículo

ASNEF, el principal registro de particulares morosos

Dentro del pantanoso terreno de la morosidad, conviene distinguir las clases de ficheros que la controlan. En relación con las personas físicas, el de mayor relevancia es ASNEF (Asociación Nacional de Entidades de Financiación), gestionado por Equifax Ibérica, S.L., mientras que para personas jurídicas funciona el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas), dentro del cual no figuran los particulares. Estar incluido puede acarrear serias consecuencias, como bloqueo del acceso al crédito o trabas para el alta en servicios básicos. Por ello conviene estar enterado para evitar sorpresas desagradables a la mayor brevedad.
Toda empresa que remita a un particular a una lista de morosos tiene 30 días de plazo para avisarle según la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal, que a su vez determina una caducidad de 6 años para toda inscripción de morosidad. Ante la cuestión de cómo saber si estoy en ASNEF, el banco podrá confirmarlo sin revelar el acreedor, o contactaremos con ASNEF por escrito, teléfono o correo electrónico (asnef@asnef.com).

 

Cómo abandonar o salir del ASNEF

Una vez conocida la condición de moroso, se trata de saber cómo salir del ASNEF para disipar lo antes posible los riesgos de la inclusión. Respecto al acreedor, resulta ineludible notificarle por escrito la disconformidad con la deuda, explicando claramente su falta de veracidad o ecuanimidad. Ante su persistencia en la exigencia del adeudo, debe acudirse a una Oficina Municipal de Información al Consumidor solicitando rectificación y pedir la intervención del Servicio de Arbitraje de Consumo.
Con las pruebas documentales de la reclamación, deben ejercerse los derechos de cancelación y oposición mediante modelo oficial de la Agencia Española de Protección de Datos, que se cursará por burofax a ASNEF y al acreedor. Transcurridos 10 días hábiles sin respuesta o no siendo esta convincente, se dirigirá escrito a la Agencia adjuntando la documentación anterior. De terminarse realizando el pago, conviene remitir justificante del mismo a ASNEF, si bien queda en poder del acreedor la decisión de pedirle la ejecución de la cancelación, hasta el punto de que no son infrecuentes los casos de permanencia en el registro tras saldar la deuda.

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